miércoles, 2 de noviembre de 2016
DVD - Conferencia Internacional de Derecho de Seguros

¿Te perdiste la Conferencia Internacional de Derecho de Seguros?

Ahora tienes la oportunidad de volver a escuchar a:
- Colin Croly (Gran Bretaña)
- Sergio R. Barroso de Mello (Brasil)
- Gabriel Vivas (Colombia)
- Felix Benito de Osma (España)

Aprovecha en adquirir los videos a S/. 50 + gastos de envío.

¿Cómo los adquiero?, por cualquiera de estas alternativas:
1) Por WhatsApp: 999611012
2) Facebook/MiHuaco
La venta y distribución está a cargo de Edwin Esqueche N. (edwin@mihuaco.com) - Dscto. por cantidades.

¿Qué temas hay en el DVD?

"LOS RECIENTES CAMBIOS EN LA LEY DE SEGUROS DE GRAN BRETAÑA"
por COLIN CROLY
En los últimos 30 años ha asesorado en todas las áreas de seguros, especialmente en reaseguros, incluyendo redacción de pólizas, resolución de disputas no sólo en Londres sino a nivel internacional. Por muchos años fue nominado como el abogado del año en seguros y reaseguros por Who’s Who Legal y Who’s Who para abogados de negocios. Actualmente es el Secretario General de AIDA, Chairman de AIDA Europa y del Grupo de Trabajo de Reaseguros. Regularmente dicta en la Universidad de Hamburgo y alrededor del mundo. Ha publicado un importante número de artículo sobre reaseguros y árbitro de ARIAS en Gran Bretaña y en Europa.

"PROBLEMAS LEGALES Y SOLUCIONES EN LOS REASEGUROS EN EL BRASIL"
por SERGIO RUY BARROSO DE MELLO
Profesor de la Cátedra de Derecho de Seguros y Reaseguros de los Cursos de Pós Grado de la Universidad Cândido Mendes en Río de Janeiro, de Pontíficie Universidad Católica de Belo Horizonte, de la Fundación Nacional Escuela de Seguros – FUNENSEG y de la Fundación Getúlio Vargas – FGV. Presidente del Grupo Nacional de Trabajo de Responsabilidad Civil y Seguro de AIDA Brasil. Vice Presidente da AIDA Internacional.

"LAS NUEVA REGULACIÓN DE CLÁUSULAS ABUSIVAS EN COLOMBIA"
por GABRIEL VIVAS
Abogado con Especialización en Derecho Financiero Maestría en Derecho de Seguros y en Reaseguro de la Pontificia Universidad Javeriana y Master Internacional en Seguros y Gerencia de Riesgos en la Fundación Mapfre y la Universidad de Salamanca (España). Profesor de los Diplomados en Argentina, Chile y Colombia en varias universidades y en el Instituto Nacional de Seguros de Colombia. Presidente del Grupo de Trabajo sobre Seguro de responsabilidad Civil del Comité Iberolatinoamericano de AIDA (CILA).

"LA REFORMA DE LA LEY DEL CONTRATO DE SEGURO EN ESPAÑA"
por FELIX BENITO DE OSMA
Abogado. Profesor de Derecho Mercantil. Universidad Carlos III de Madrid. Secretario General de SEAIDA.
Doctor en Derecho. Profesor de Derecho Mercantil en la Universidad Carlos III de Madrid.
Secretario General de SEAIDA (Sección Española de la Asociación Internacional de Derecho de Seguros).
Secretario General del Grupo Internacional de AIDA “Nuevas Tecnologías, Prevención y Seguro”.
Vicepresidente del Grupo Internacional de AIDA “Seguros de Personas y Pensiones”.
Secretario de Redacción y miembro del Consejo de la Revista Española de Seguros.

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martes, 6 de septiembre de 2016
martes, 10 de mayo de 2016
Exposición Alonso Núñez del Prado en el Congreso sobre "Grandes riesgos"



El Dr. Alonso Nuñez del Prado Simons, explica las razones por las que el Proyecto de excluir los "grandes riesgos" de la Ley del Contrato de Seguro (29946) es absurdo y sólo se ha hecho en Chile usando mal el concepto europeo, donde nunca son excluidos, sino que se permite (cuando se califica como ‘gran riesgo’) que la jurisdicción y legislación sean escogidas por el asegurado y el asegurador.


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martes, 19 de enero de 2016
Las aseguradoras no registradas

por Alonso Nuñez del Prado

Recuerdo que hace más de treinta años –mientras cursaba mi MBA y hacía una especie de práctica en el Departamento Internacional de Cigna– me sorprendió en Nueva York comprobar que las aseguradoras y reaseguradoras extranjeras no registradas en el Estado podían libremente vender seguros sin ninguna restricción. Su única obligación era informar que, efectivamente, no estaban registradas y entonces el cliente podía tomar su decisión comprándoles o no y asumiendo un cierto nivel de riesgo, ya que no estaban supervisadas por el Departamento de Seguros del Estado. Como es obvio, estas aseguradoras estaban supervisadas, como en todo el mundo, por la entidad competente de sus respectivos países, muchas veces tan o más eficiente que el neoyorquino que es uno de los más exigentes en los Estados Unidos. También se daba el caso de aseguradoras domiciliadas en paraísos fiscales cuya supervisión no era la ideal; pero todo esto lo sabía el cliente y tomaba su decisión y asumía los riesgos inherentes al caso.
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